COMUNICADO JUNTA DIRECTIVA – RESPUESTA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A CONSULTA ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Les informamos que el miércoles 13 de enero procedimos a elevar una consulta a la dirección habilitada por la Junta de Extremadura para preguntas relacionadas con la COVID-19 (informacion.covid19@juntaex.es)  en relación con las actividades deportivas que se desarrollan en el Club de Campo. Hemos recibido su respuesta y va en el sentido de corroborar que las medidas aplicadas internamente en la Sociedad Casino de Badajoz son las correctas y están en consonancia con la normativa sanitaria actualmente en vigor.

La junta directiva no entra a valorar si las medidas ordenadas por la Consejería de Sanidad son adecuadas y pertinentes o no, y se limita a acatar lo dispuesto en la normativa sanitaria y a dar traslado a los socios para su conocimiento.

Transcribimos a continuación la respuesta recibida:

 En relación a su solicitud de información formulada a través del Buzón de Información de la Junta de Extremadura sobre la Crisis sanitaria del Covid-19, se le comunica que en general, para la ciudad de Badajoz, y en cuanto al ámbito deportivo se refiere:

  • Se prohíbe el desarrollo de actividades deportivas en pareja (dos personas contra otras dos) y en equipo en espacios abiertos al público, salvo cuando todos los participantes en la actividad sean convivientes. 
  • Quedan exceptuadas de esta prohibición las competiciones oficiales de liga regular, los entrenamientos y las actividades que se desarrollen en centros deportivos o academias. 
  • No se consideran actividades deportivas en pareja las actividades en las que existe una confrontación de uno contra uno. 
  • No se consideran actividades deportivas en equipo aquellas actividades deportivas individuales en las que se pueda confluir con otras personas en el espacio, si bien debe observarse en la medida de lo posible la distancia de seguridad interpersonal (el caso de Pilates, por ejemplo).
  • En las instalaciones deportivas cubiertas, y en las piscinas de uso deportivo se establecerá un límite del 30% de la capacidad de aforo de uso deportivo, sin público. 
  • En las instalaciones deportivas y piscinas de uso deportivo al aire libre el límite será del 40% de capacidad de aforo de uso deportivo y se permitirá la asistencia de público hasta un máximo del 40% del aforo destinado al público. 
  • En los centros deportivos (Gimnasio y similares), se establece un límite del 30% del aforo. 
  • Suspensión de asistencia de público. 

 Recuerde que estamos en una grave crisis sanitaria que ha producido miles de fallecimientos en nuestro país.  Estamos en estado de Alarma y  el virus COVID-19 sigue entre nosotros. Apelamos a la responsabilidad individual y al sentido común para hacer frente a la pandemia y que hay que extremar las medidas indicadas por las autoridades, dado que si de lo contrario se evaden éstas medidas y surgen brotes de la expansión del virus, puede suponer la comisión de alguna de las  infracciones de las contenidas en el Decreto-Ley  13/2020,  de  22  de  julio,  por  el  que  se  modifica  la  Ley  7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura, en relación con el  régimen  sancionador  por  el  incumplimiento  de  las  medidas  de  salud  pública  adoptadas  como  consecuencia  de  las  crisis  sanitarias  ocasionadas  por la COVID-19 u otras epidemias (http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/1440o/20DE0016.pdf

 Este correo es meramente informativo. No genera expectativas ni derechos. La única fuente legal son las normas publicadas en el Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355_COVID-19_Derecho_Europeo_Estatal_y_Autonomico_&tipo=C&modo=1) y Diario Oficial de Extremadura (http://doe.gobex.es/covid/covid.pdf)

 Las personas titulares de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y de la Dirección General de Salud Pública tienen la facultad de interpretar las medidas con la finalidad de garantizar la aplicación homogénea de su contenido y el cumplimiento de sus previsiones, órganos a los que puede dirigirse para resolver cualquier duda o interpretación: https://ciudadano.gobex.es/directorio/-/directorio/ficha/1990

 En la confianza de que la información sea de su utilidad, reciba un cordial saludo.

 Servicio de Atención y Participación Ciudadana.

Secretaría General de Administración Digital.

Vicepresidencia 1ª y Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Junta de Extremadura.

COMUNICADO RESPUESTA JUNTA DE EXTREMADURA A CONSULTA DEPORTE 16-01-21

COMUNICADO JUNTA DIRECTIVA – RESPUESTA JUNTA DE EXTREMADURA A CONSULTA ACTIVIDADES DEPORTIVAS-

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